a. La Comisión elabora la propuesta de ley (que puede ser un Reglamento o una Directiva), la cual envía tanto al Consejo como al Parlamento Europeo.
a. En primer lugar, Parlamento Europeo estudia la propuesta y, si lo considera, introduce enmiendas
b. Acto seguido, el Consejo puede hacer dos cosas:
i. Aprobar el texto con las modificaciones del Parlamento, con lo que el procedimiento termina.
ii. Modificar la propuesta del Parlamento, con lo que se pasa a la segunda lectura
a. El Parlamento Europeo ha de manifestarse sobre la propuesta de enmienda del Consejo
i. Si la acepta, el texto se aprueba y el procedimiento termina
ii. Si la rechaza, el texto es rechazado definitivamente
iii. Si la modifica, el texto se devuelve otra vez al Consejo
b. Si el Parlamento ha modificado el texto, el Consejo se ha de pronunciar otra vez sobre este
i. Si lo acepta, el texto se aprueba
ii. Si lo rechaza, se va a la fase de conciliación
a. Se nombra una comisión con representantes del Parlamento y del Consejo, que tratan de buscar un acuerdo
i. Si no llegan a un acuerdo, se rechaza el texto
ii. Si llegan a un acuerdo sobre el texto, este se devuelve al Parlamento y al Consejo para que se pronuncien formalmente
a. Si tanto el Parlamento como el Consejo aprueban el texto de la comisión de conciliación, el texto se adopta
b. Si uno de ellos lo rechaza, la propuesta decae definitivamente